Por el cual se establecen los lineamientos para la formulación de la política pública de entornos educativos protectores, confiables y seguros para Bogotá, D.C.»


 

Aportes realizados

Artículo 3.- Lineamientos. La Política Pública de Entornos Educativos Protectores, Confiables y Seguros para Bogotá D.C., tendrá como mínimo los siguientes lineamientos:

j. Priorizar el uso de medios tecnológicos que permitan prescindir del uso de animales en actividades de seguridad y vigilancia en entornos educativos, conforme con lo establecido en el artículo 6 del Acuerdo 765 de 2020. En caso de que excepcionalmente se deba hacer uso de animales con ese propósito, se deberá justificar su necesidad y garantizar la protección y el bienestar de los mismos mediante acciones coordinadas entre las entidades nacionales y distritales competentes.

Artículo 4.- Fines de la política pública de entornos educativos protectores, confiables y seguros para Bogotá D.C. Se encuentran dentro los fines de esta política pública los siguientes, entre otros:

l. Fomentar la seguridad y convivencia en entornos escolares con medios tecnológicos que permitan prescindir del uso de animales, sin descuidar la protección y el bienestar de los que sean usados con ese propósito.