Por el cual se establece el diseño, la implementación, monitoreo y evaluación de un plan distrital en prevención de violencia por razones de sexo y género con énfasis en violencia intrafamiliar y sexual.


 

Aportes realizados

Artículo 3.- Lineamientos para el plan distrital de prevención de violencia por razones de sexo y género con énfasis en violencia intrafamiliar y sexual.

Parágrafo 3. El Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal desarrollará contenidos pedagógicos y de transformación cultural que serán incluidos en las acciones lideradas por las entidades distritales para la prevención y reducción de la violencia contra animales de cualquier especie al interior de las familias, en el marco del Plan Distrital en prevención de violencias

Artículo 6.- Enfoque de orientación psicosocial

Parágrafo 1. Las entidades distritales, en el marco de sus competencias, les darán visibilidad a los casos de maltrato animal como un indicador de riesgo psicosocial, en aras de identificar y activar alertas tempranas y signos de alarma al interior de las familias. Estos casos serán reportados al Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal para su atención inmediata.